Yahoo Search Búsqueda en la Web

Resultado de búsqueda

  1. otro no comete el delito de secuestro del artículo 142 bis del Código Penal pues para éste no basta con que se prive de la libertad sino que se requiere además que esa privación constituya -en sí misma- un medio coactivo para que el damnificado o un tercero decidan hacer, no hacer o tolerar algo contra su voluntad…”9.

  2. 26 de mar. de 2020 · El delito de secuestro se configura cuando el agente priva a una persona, sin derecho, de la facultad de movilizarse de un lugar a otro, con miércoles, julio 3 ... El Código Penal del Perú (Decreto Legislativo 635) fue promulgado el 3 de abril de 1991 y publicado el 8 de abril del mismo...

  3. Código Penal. Artículo 201. "Plagio o Secuestro. A los autores materiales o intelectuales del delito de plagio o secuestro de una o más personas con el propósito de lograr rescate, canje de personas o la toma de cualquier decisión contraria a la voluntad del secuestrado o con cualquier otro propósito similar o igual, se les aplicará la ...

  4. Código Penal. Además, fueron recibidos los comentarios y el asesoramiento de estudiosos en la materia penal y se realizó una intensa labor de análisis legislativo que incluyó las distintas reformas penales, las disposiciones del Código Penal de 1974 y del Código Penal de 2004, así como la jurisprudencia y la literatura jurídica al ...

  5. www.impo.com.uy › bases › codigo-penalCódigo Penal - IMPO

    Artículo 2 (División de los delitos).- Los delitos, atendida su gravedad, se dividen en crímenes, delitos y faltas. Los crímenes son los ilícitos de competencia de la Corte Penal Internacional de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 5 del Estatuto de Roma y además todos los que por su extrema gravedad se rijan por leyes especiales, por este Código y las normas de derecho internacional ...

  6. El Código Penal define los delitos y faltas que constituyen los presupuestos de la aplicación de la forma suprema que puede revestir el poder coactivo del Estado: la pena criminal. En consecuencia, ocupa un lugar preeminente en el conjunto del ordenamiento, hasta el punto de que, no sin razón, se ha considerado como una especie de «Constitución negativa».

  7. No se configura el delito de secuestro, se habla de Ejercicio Arbitrario de la Custodia, cuando uno de los padres sustraiga, oculte o arrebate a su hijo sin el consentimiento del padre que ejerza legalmente la custodia. El ejercicio Arbitrario es un delito configurado en el Código Penal y sujeto a las sanciones penales.

  1. Otras búsquedas realizadas