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  1. Es importante agregar que, la tutela se caracteriza por constituir un instrumento de carácter residual, que sólo opera cuando el afectado no disponga de otro medio de defensa judicial, salvo que se utilice como mecanismo transitorio para evitar un perjuicio irremediable.

  2. 8 de ene. de 2021 · Causales que hacen improcedente la acción de tutela. De conformidad con lo señalado en el artículo 6 del decreto 2591 de 1991, la acción de tutela es improcedente en los siguientes casos:

  3. (…) la tutela es improcedente como mecanismo para proteger los derechos invocados por el accionante, puesto que: (i) cuenta con otros medios judiciales; (ii) no se acreditó un perjuicio irremediable con las características de actualidad e inminencia exigidos para ello; (iii) la presunta vulneración del debido proceso, la inobservancia del ...

  4. Fallo No. 035 Tutela 2020-00033. JUZGADO SEGUNDO PENAL MUNICIPAL CON FUNCIÓN DE CONTROL DE GARANTÍAS. Armenia, Quindío, siete (07) de Septiembre de dos mil veinte (2020). Sentencia de Tutela: Nro. 035. Accionante: JHON FABER GAVIRIA MONTOYA Apoderado Judicial: CARLOS ANÍBAL GUZMÁM ZULUAGA.

  5. El 10 de noviembre de 2017, el Juzgado 2° Civil del Circuito de Ejecución de Sentencias de Cali negó la acción de tutela, por cuanto el artículo 16 del Decreto Estatutario 2591 de 1991 establece que la notificación de la sentencia de tutela se debe realizar a través de un mecanismo expedito y eficaz, y el medio telefónico es válido ...

  6. La Corte Constitucional ha declarado improcedente la acción de tutela, entre otras, cuando (i) la solicitud de amparo es interpuesta por un tercero que, a pesar de tener obligaciones legales y constitucionales de protección y garantía de los derechos fundamentales del presunto agenciado, no acredita la imposibilidad de este para promover su ...

  7. Improcedencia de la acción de tutela en el caso concreto. La naturaleza de la tutela como mecanismo subsidiario exige que se adelanten las acciones judiciales o administrativas alternativas, y que, por lo tanto, no se pretenda instituir a la acción de tutela como el medio principal e idóneo para reclamaciones