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  1. 26 de jun. de 2024 · Artículo 376. Trafico, fabricacion o porte de estupefacientes. El que sin permiso de autoridad competente, introduzca al país, así sea en tránsito o saque de él, transporte, lleve consigo, almacene, conserve, elabore, venda, ofrezca, adquiera, financie o suministre a cualquier título sustancia estupefaciente, sicotrópica o drogas ...

    • 377A

      Código Penal Artículo 377A. Uso, construcción,...

    • 374A

      Código Penal Artículo 374A. Enajenación ilegal de...

  2. La ley penal definirá de manera inequívoca, expresa y clara las características básicas estructurales del tipo penal. En los tipos de omisión también el deber tendrá que estar consagrado y delimitado claramente en la Constitución Política o en la ley.

  3. Código Penal. Artículo 376. Tráfico, fabricación o porte de estupefacientes. El que sin permiso de autoridad competente, introduzca al país, así sea en tránsito o saque de él, transporte, lleve consigo, almacene, conserve, elabore, venda, ofrezca, adquiera, financie o suministre a cualquier título sustancia estupefaciente, sicotrópica ...

  4. blog.legis.com.co › juridico › porte-de-estupefacientesPorte de Estupefacientes - Legis

    24 de feb. de 2022 · Porte de Estupefacientes. Escrito por Equipo de Redactores Legis el 24-febrero-2022. Conoce los eventos en los que es delito portar estupefacientes. El Código Penal (L.599/2000) dispone, en su artículo 376, el castigo a quien, sin permiso de autoridad competente, introduzca al país, así sea en tránsito o saque de él, transporte ...

  5. 3 de jun. de 2018 · El porte de estupefacientes, su tráfico, fabricación o distribución se encuentra tipificado como delito en el Código Penal Colombiano, en el artículo 376.

  6. Integración normativa del artículo 376 del Código Penal. 3. La demanda ciudadana está orientada a cuestionar un segmento normativo que en criterio del actor constituye una reinstauración de la penalización del porte y consumo de dosis personal para uso personal de sustancia estupefaciente o sicotrópica.

  7. Código Penal. Artículo 376o. Trafico fabricacion o porte de estupefacientes. El que sin permiso de autoridad competente, introduzca al país, así sea en tránsito o saque de él, transporte, lleve consigo, almacene, conserve, elabore, venda, ofrezca, adquiera, financie o suministre a cualquier título sustancia estupefaciente, sicotrópica o ...

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