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  1. REFERENCIA: ACCIÓN DE TUTELA RADICADO: 08-372-40-89-001-2021-00058-00 ACCIONANTE: MICHAEL JOSÉ MOLINA CHARR'S ACCIONADO: TRANSITO DEPARTAMENTAL procede este Despacho a pronunciarse en primera instancia, sobre la acción de tutela instaurada por el senor MICHAEL JOSÉ MOLINA CHARRIS contra TRÅNSITO

  2. allegadas al plenario, se admitió la acción de tutela en contra de SECRETARÍA DISTRITAL DE MOVILIDAD y se vinculó a SISTEMAS INTEGRALES PARA LA MOVILIDAD SIM y al SISTEMA INTEGRADO DE INFORMACIÓN SOBRE MULTAS Y SANCIONES POR INFRACCIONES DE TRANSITO SIMIT.

  3. Información sobre Multas y Sanciones por Infracciones de Tránsito- Simit, tal y como lo disponen los artículos 10 y 11 de la Ley 769 de 2002 y que la Tutela No. 2020-00630

  4. La Sala Cuarta de Revisión de la Corte Constitucional revocó los fallos de tutela en tres casos en los que se declaró la nulidad de los actos administrativos por medio de los cuales se impuso a las accionantes una multa al haber incurrido, presuntamente, en infracciones de tránsito captadas por medios tecnológicos, en ausencia del ...

  5. Corte Constitucional ha señalado que, de manera general, la acción de tutela adelantada contra actos administrativos resulta improcedente, por cuanto el legislador estableció los mecanismos judiciales en el que los ciudadanos pueden ejercer su

  6. El Artículo 86 de la Carta Política, establece que la acción de tutela es un instrumento excepcional de protección de los derechos fundamentales consagrados en la Constitución, cuando resulten vulnerados o amenazados por la acción o la omisión de las autoridades públicas o de los particulares, en los casos expresamente señalados en la ley, bajo ...

  7. La acción de tutela procede contra toda acción u omisión de las autoridades públicas, que haya violado, viole o amenace violar cualquiera de los derechos de que trata el artículo 2º de esta ley.