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  1. La prueba ilegal es aquella que se construye con ausencia de alguno de los requisitos que el legislador dispuso para su asunción, mientras que la prueba ilícita es aquella que se obtiene con la violación de los derechos fundamentales así como las garantías del enjuiciado.

  2. Se entiende por prueba ilícita la que se obtiene con vulneración de los derechos fundamentales de las personas, entre ellos la dignidad, el debido proceso, la intimidad, la no autoincriminación, la solidaridad íntima, y aquellas en cuya producción, práctica o aducción se somete a las personas. rturas, tratos cueles, inhumanos o deg.

  3. 29 de may. de 2024 · Por su parte la prueba ilícita es aquella obtenida con desconocimiento de los derechos fundamentales de las personas o con sometimiento a torturas, tratos crueles, inhumanos o degradantes. Ambas pruebas tienen como consecuencia la exclusión y, por ende, no podrán ser valoradas.

  4. «Hay que tener presente que la prueba podría ser declarada ilegal con la posible connotación de su exclusión, pero también podría ser calificada de ilícita, con consecuencias anulatorias para toda la actuación, precisamente desde cuando se realizó el acto que le trasmitió dicha ilicitud.

  5. La corte precisó qué garantías y derechos puede desconocer la prueba ilícita y explicó que la ilicitud que recaiga sobre el medio probatorio hace que quede excluido del proceso, dado que se predica nulo de pleno derecho.

  6. 1 de jul. de 2021 · Como lo pone de presente la doctrina especializada, la prueba ilícita, más específicamente, ‘(…) es aquella cuya fuente probatoria está contaminada por la vulneración de un derecho fundamental o aquella cuyo medio probatorio ha sido practicado con idéntica infracción de un derecho fundamental.

  7. 27 de oct. de 2021 · En cuanto a su materialización, ello puede ocurrir en una faceta positiva, entre otras, por la admisión de pruebas ilícitas, o en una negativa, entre otras, por hacer una valoración defectuosa u omitir un hecho que emerge claramente de una prueba.