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  1. La Sala Sexta de Revisión de la Corte Constitucional, amparó los derechos fundamentales a la vida, a la salud, al agua, a la seguridad alimentaria, al medio ambiente sano, a la cultura y al territorio de las comunidades étnicas (negras e indígenas) que habitan la cuenca del río Atrato y sus afluentes, que vienen siendo víctimas de la ...

  2. SENTENCIA Dentro del proceso de revisión de los fallos proferidos por el Consejo de Estado -Sección Segunda, Subsección A-, y el Tribunal Administrativo de Cundinamarca -Sección Cuarta, Subsección B-, en la acción de tutela instaurada por el Centro de Estudios para la Justicia Social “Tierra Digna” en representación

  3. La Corte Constitucional profirió la sentencia T-622 de 2016 mediante la cual se reconoce “al río Atrato, su cuenca y afluentes como una entidad sujeta de derechos”. Dicha sentencia determina 13 órdenes para proteger, conservar, mantener y restaurar el afluente, para lo cual define responsabilidades a cada una de

  4. www.corteconstitucional.gov.co › relatoria › fichaCorte Constitucional

    Se aborda temática relacionada con: 1º. La procedibilidad de la acción de tutela para proteger los derechos fundamentales de comunidades étnicas. 2º. La fórmula del Estado Social de Derecho en relación con: a). la relevancia constitucional de la protección de los ríos, bosques, fuentes de alimento, medio ambiente y biodiversidad. b ...

  5. www.corteconstitucional.gov.co › relatoria › 2016Corte Constitucional

    Corte Constitucional

  6. 11 de oct. de 2016 · Sentencia de la Corte Constitucional de Colombia (T-622 de 2016) Un centro de estudios interpone Acción de tutela en representación de comunidades étnicas que habitan la cuenca del río Atrato en contra de la Presidencia de la República y otros.

  7. lpderecho.pe › rio-atrato-reconocido-como-sujeto-derecho-fin-asegurar-proteccionT-622 de 2016 - LP | Pasión por el Derecho

    29 de dic. de 2023 · Jurisprudencia. Río Atrato es reconocido como sujeto de derecho a fin de asegurar su protección, recuperación y conservación (Colombia) [T-622 de 2016] Por. Observatorio de Jurisprudencia Civil. - 29 diciembre, 2023. 215. Fundamento destacado: 9.32.

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