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26 de jun. de 2024 · Artículo 446. Liquidación del crédito y las costas. Para la liquidación del crédito y las costas, se observarán las siguientes reglas: 1.
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Consulta el texto completo de la ley que regula la actividad procesal en Colombia desde 2012. Conoce sus principios, disposiciones, instancias, recursos y sanciones.
El artículo 446 regula la liquidación del crédito y las costas en los procesos civiles y familiares. Explica los requisitos, el procedimiento y los recursos para presentar, objeter y modificar la liquidación, así como la competencia y el apoyo del Consejo Superior de la Judicatura.
El artículo 446 del CGP regula el procedimiento para liquidar el crédito y las costas en ejecución civil. Se explica cómo presentar, trasladar, objeter y decidir la liquidación, así como la entrega de dinero al ejecutante.
ARTÍCULO 446. LIQUIDACIÓN DEL CRÉDITO Y LAS COSTAS. Para la liquidación del crédito y las costas, se observarán las siguientes reglas: 1.
“La liquidación del crédito es una figura jurídica que regula el artículo 446 del CGP que expresa: Para la liquidación del crédito y las costas, se observarán las siguientes reglas: 1. Ejecutoriado el auto que ordene seguir adelante la ejecución, o notificada la
446.—Liquidación del crédito y las costas. Para la liquidación del crédito y las costas, se observarán las siguientes reglas: 1.