Yahoo Search Búsqueda en la Web

Resultado de búsqueda

  1. En punto de la tipicidad objetiva de la conducta de secuestro simple sancionada en el artículo 168 del C.P. inicialmente se ha de destacar que, como lo señalo el ad quem, se actualiza la modalidad aludida porque el propósito de los sujetos activos (ingrediente subjetivo especial del tipo diferente al tipo subjetivo, analizado previamente) de obtener un provecho o cualquier utilidad o para ...

  2. SECUESTRO SIMPLE. El que con propósitos distintos a los previstos en el artículo anterior, arrebate, sustraiga, retenga u oculte a una persona, incurrirá en prisión de seis (6) a veinticinco (25) años y en multa de cien (100) a doscientos (200) salarios mínimos mensuales.

  3. Aquí nos gustaría mostrarte una descripción, pero el sitio web que estás mirando no lo permite.

  4. SECUESTRO SIMPLE. El que con propósitos distintos a los previstos en el artículo anterior, arrebate, sustraiga, retenga u oculte a una persona, incurrirá en prisión de seis (6) a veinticinco (25) años y en multa de cien (100) a doscientos (200) salarios mínimos mensuales.

  5. El secuestro simple es el caso de arrebatar, sustraer retener u ocultar a una persona, pero con fines o propósitos diferentes a la exigencia de un rescate. ¿Qué se considera un secuestro? Es el delito en el cual se sustrae o retiene a una persona por medio de la fuerza, intimidación o fraude, con la intención de menoscabar su integridad sexual.

  6. El veintidós (22) de febrero de dos mil once (2011) es escuchado en diligencia de injurada el aquí procesado JULIO CESAR. CONTRERAS SANTOS debidamente asistido por un defensor público, en donde la fiscalía le imputo los delitos de homicidio en persona protegida, secuestro simple y concierto para delinquir, respecto de los que manifestó ...

  7. como coautores de los delitos de secuestro simple agravado, extorsión agravada tentada y utilización ilegal de uniformes e insignias (arts. 168 y 170-1, 244 y 245-8 y 346 del C.P.), con la circunstancia de mayor punibilidad del numeral 10 del artículo 58 del C.P., y retiró el delito de simulación de investidura o cargo (426 ib.). 4.

  1. Otras búsquedas realizadas