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  1. 14 de dic. de 2020 · El fraude a resolución judicial es una conducta tipificada como delito y quien incurra en ella se expone a una pena de hasta cuatro años y una multa de hasta 50 salarios mínimos mensuales.

  2. « Fraude a resolución judicial o administrativa de policía. El que por cualquier medio se sustraiga al cumplimiento de obligación impuesta en resolución judicial o administrativa de policía, incurrirá en prisión de uno (1) a cuatro (4) años y multa de cinco (5) a cincuenta (50) salarios mínimos legales mensuales vigentes ».

  3. 30 de abr. de 2024 · El que por cualquier medio se sustraiga al cumplimiento de obligación impuesta en resolución judicial o administrativa de policía, incurrirá en prisión de uno (1) a cuatro (4) años y multa de cinco (5) a cincuenta (50) salarios mínimos legales mensuales vigentes.

  4. El nuevo texto es el siguiente:> El que por cualquier medio se sustraiga al cumplimiento de obligación impuesta en resolución judicial o administrativa de policía, incurrirá en prisión de uno (1) a cuatro (4) años y multa de cinco (5) a cincuenta (50) salarios mínimos legales mensuales vigentes.

  5. — El incumplimiento de la orden de Policía mediante la cual se imponen medidas correctivas configura el tipo penal establecido para el fraude a resolución judicial o administrativa de Policía establecido en el artículo 454 de la Ley 599 de 2000”.

  6. www.ramajudicial.gov.co › documents › 9339695www.ramajudicial.gov.co

    Es necesario precisar que las actuaciones judiciales o administrativas de policía en sentido lato son todas aquellas manifestaciones de las partes, de los jueces y funcionarios de policía que conocen un asunto de derecho para poner fin a un conflicto de intereses que suscita la controversia.

  7. Delito: Fraude. a Resolución Judicial. Magistrado Ponente: Dr. Edgar Kurmen Gómez. Aprobado: Acta 100 de agosto 22 de 2019, Artículo 30, Numeral 4o, Ley 16 de 1968. Tunja, agosto treinta (30) de dos mil diecinueve (2019). Hora: nueve y media de la mañana (9:30 a.m.)