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  1. 26 de jun. de 2024 · Artículo 169. Secuestro extorsivo. El que arrebate, sustraiga, retenga u oculte a una persona, con el propósito de exigir por su libertad un provecho o cualquier utilidad, o para que se haga u omita algo, o con fines publicitarios o de carácter político, incurrirá en prisión de trescientos veinte (320) a quinientos cuatro (504 ...

  2. 29 de sept. de 2009 · El secuestro extorsivo es uno de los delitos más atroces contra la libertad individual. Constituye un cruel ataque contra la autonomía e independencia de cada ser humano para autodeterminar el lugar y el tiempo en el cual quiere estar libremente.

  3. El secuestro extorsivo y el secuestro simple : lo que tienen en común y lo que los diferencia. La Corte, se ha referido en varias sentencias al delito de secuestro, en la forma como fue modificado por la ley 40 de 1993, ley conocida como la ley antisecuestro.

  4. En efecto, en el secuestro extorsivo, el sujeto activo tiene el propósito de exigir algo por la libertad de la víctima. En el secuestro simple, basta que se prive de la libertad a una persona para que se configure el delito.

  5. el secuestro extorsivo. El que arrebate, sustraiga, retenga u oculte a una persona con el propósito de exigir por su libertad un provecho o cualquier utilidad, o para que se haga u omita algo, o con fines publicitarios o de carácter político, incurrirá en prisión de veinticinco (25) a cuarenta (40), años y multa de cien (100) a quinientos ...

  6. El nuevo texto con las penas aumentadas es el siguiente:> Si dentro de los quince (15) días siguientes al secuestro, se dejare voluntariamente en libertad a la víctima, sin que se hubiere obtenido alguno de los fines previstos para el secuestro extorsivo, la pena se disminuirá hasta en la mitad.

  7. Secuestro simple. El que con propósitos distintos a los previstos en el artículo siguiente, arrebate, sustraiga, retenga u oculte a una persona, incurrirá en prisión de doce (12) a veinte (20) años y multa de seiscientos (600) a mil (1000) salarios mínimos legales mensuales vigentes. ARTÍCULO 2o.

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