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  1. Sentencia T-349/16. DERECHO FUNDAMENTAL AL LIBRE DESARROLLO DE LA PERSONALIDAD-Vulneración por parte de Institución Educativa por no permitirle a estudiante adoptar un estilo de cabello propio, aplicando una norma disciplinaria que impone un patrón estético restrictivo y excluyente.

  2. Así lo señaló la Corte Constitucional al conceder una acción de tutela a una estudiante de Octavo Grado, de una Institución Educativa en Hato Corozal, Casanare, a quien las directivas del Centro Educativo le prohibieron adoptar un peinado denominado “Californiano”.

  3. Senten cia T-349/16. DERECHO FUNDAMENTAL AL LIBRE DESARROLLO DE LA PERSONALIDAD- Vulneración por parte de Institución Educativa por no permitirle a estudiante adoptar un estilo de cabello propio, aplicando una norma disciplinaria que impone un patrón estético restrictivo y excluyente.

  4. www.corteconstitucional.gov.co › relatoria › 2016Corte Constitucional

    En diversas resoluciones, la ANLA corroboró la amplia participación ciudadana en las discusiones del proyecto. Al respecto citó la Sentencia T-154 de 2009, providencia que declaró improcedente una demanda de tutela, al contar la inmediatez a partir de la firmeza de la licencia ambiental.

  5. caso concreto; Inmediatez: el derecho de petición en el que la tutelante solicita al rector del plantel demandado que cesen las acciones que vulneran el derecho fundamental al libre desarrollo de la personalidad.

  6. Sentencia T-349/16 | PDF | Derecho Constitucional | Derechos de los niños. Los planteles educativos que imponen reglamentos sobre la presentación personal de sus alumnos están vulnerando el derecho fundamental de los menores al libre desarrollo de su personalidad.

  7. Este documento presenta la sentencia T-349/16 de la Corte Constitucional colombiana sobre un caso de tutela. La tutelante, Martha Patricia Lemus Rosero, presentó una acción de tutela en representac... by JUSMAURO1983.