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Con este fallo Colombia quedó a la vanguardia latinoamericana y como uno de los países más avanzados del mundo en materia de reconocimiento de la autonomía, libertad y autodeterminación de las mujeres al eliminar parcialmente el delito de aborto del Código Penal.
sentencia c-055-22 m.s. antonio josé lizarazo ocampo y alberto rojas ríos expediente: d-13.956 corte declara exequible la tipificaciÓn del delito de aborto consentido, en el sentido de que no se configura el delito cuando la conducta se practique antes de la semana 24 de gestaciÓn y, sin sujeciÓn a este lÍmite, cuando se
SENTENCIA C-055 DE 2022. Ver Circular del Ministerio de Salud y Protección Social 044 de 2022. Referencia: expediente D-13.956 . Asunto: Demanda de inconstitucionalidad contra el artículo 122 de la Ley 599 del 2000.
Corte Constitucional
Resumen del comunicado de prensa de la sentencia C-055 de 2022 de la Corte Constitucional (21 de febrero de 2022) I. DECISIÓN (RESUELVE): Exequibilidad condicionada del artículo 122 del Código Penal en el sentido de que abortar será un delito cuando se realice después de la (24) semana de gestación y, en
Cuarto cargo: violación del derecho a la libertad de profesión y oficio del personal de la salud (artículo 26 de la CP). Quinto cargo: violación del derecho a la libertad de conciencia y el principio del Estado laico (artículos 18 y 19 de la CP, artículos 3 y 12 de la CADH).
Se declaró EXEQUIBLE la tipificación del delito de aborto consentido, en el sentido de que no se configura el delito cuando la conducta se practique antes de la semana 24 de gestación y, sin sujeción a este límite, cuando se presenten las causales de que trata la sentencia C-355/06.