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  1. En la Convención Americana de DDHH del art. 8 inc. 2 "f" “f) derecho de la defensa de interrogar a los testigos presentes en el tribunal y de obtener la comparecencia, como testigos o peritos, de otras personas que puedan arrojar luz sobre los hechos”; En el Pacto internacional de Derechos Civiles y Políticos, en el 14 inc. 3 "e".

  2. Testigo hábil o inhábil, a raíz del artículo 361. 1. El tribunal preguntará inicialmente a cada testigo, en todo caso: 4.º Si tiene interés directo o indirecto en el asunto o en otro semejante. Artículo 367 de la LEC. Te explicamos todo lo que necesitas saber sobre en qué consiste la figura procesal del testigo, su regulación y los ...

  3. 10 de abr. de 2023 · En cuanto a la declaración del testigo agraviado, la Corte Suprema de Justicia de la República, se ha pronunciado mediante el R.N. N° 3044-2004-LIMA, en cuanto a, la validez de la declaración de los testigos hecha en la etapa de instrucción (incluido a nivel policial) y de juzgamiento, exigiendo que se haya realizado con las garantías debidas de presencia del Fiscal, le otorga la ...

  4. Testigo. ( Procedimiento Civil) , ( Procedimiento Penal) Simple particular invitado a declarar, dentro del marco de una investigación, acerca de los hechos de que ha tenido conocimiento personal, después de haber prestado juramento de que dirá la verdad. Las personas afectadas por una incapacidad para testificar pueden, sin embargo, ser ...

  5. comparecencia de los testigos de cargo que desee interrogar en el proceso penal. En cumplimiento de este derecho, es al Ministerio Público a quien corresponde la carga de obtener la comparecencia de los testigos cuyos alegatos ofrece como prueba, pues es éste, como contraparte, quien -de acuerdo con el principio de presunción de inocencia- debe

  6. TEMAS: Debido proceso, no autoincriminación, detención arbitraria, presunción de inocencia, proceso penal, derecho a guardar silencio, control preventivo, caso urgente, derecho a interrogar a los testigos de cargo, defensa adecuada. CITA DE LA SENTENCIA: Suprema Corte de Justicia de la Nación, Amparo Directo en

  7. testigos de cargo. Ahora bien, a fin de resolver el medio de defensa a análisis, debe reiterarse el criterio sustentado por esta Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en la tesis 1a. XLVII/2017 (10a.), la cual es del rubro y texto siguiente: “DERECHO A INTERROGAR TESTIGOS EN EL PROCESO PENAL.