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  1. El artículo 177 del Código de Procedimiento Civil consagra el principio de la carga de la prueba, que se explica afirmando que al actor le corresponde demostrar los supuestos fácticos en los cuales funda su pretensión y al demandado los hechos en que finca la excepción.

  2. Title: SENTENCIA SC4232-2021 Created Date: 9/22/2021 4:16:04 PM

  3. La carga de la prueba ha sido una figura procesal ampliamente incorporada y desarrollada en la mayoría de los sistemas jurídicos procesales, como es el caso de Colombia a través del artículo 167 del Código General del Proceso.

  4. APRECIACIÓN CONJUNTA DE LA PRUEBA-Respecto de contrato de fiducia y testimonios que acreditan la Carta de Crédito Stand By, como garantía y respaldo de dos pagarés, representativos de una sola obligación. Ausencia de medios demostrativos para determinar el error de hecho en la apreciación probatoria. Reiteración sentencia del 11 de

  5. Carga de la prueba. Se adiciona el inciso segundo del artículo para dotar al juez de la posibilidad de pronunciarse sobre la distribución de la carga de la prueba (carga dinámica de la prueba), en caso de que advierta que a alguna de las partes le queda más fácil demostrar ciertos hechos.

  6. Por eso en alguien debe recaer la carga de la demostración de los hechos con el aporte de las pruebas al proceso. Nuestro sistema procesal está regido por el principio dispositivo para la impulsión del proceso, o sea, que la parte que alega el hecho y reclama el derecho o 30 Cfr. Abel Lluch, Xavier, Picó I Junoy, Joan. La prueba electrónica.

  7. CARGA PRUEBA/DEMANDADO/Le incumbe la carga de demostrar que el tenedor no honró las instrucciones impartidas o los términos que rodearon el negocio genitivo, siguiendo las reglas de la carga de la prueba previstas en el artículo 167 del Código General del Proceso.