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  1. UNIÓN MARITAL DE HECHO - Subtema: Sociedad Patrimonial. Define las uniones maritales de hecho y régimen patrimonial entre compañeros permanentes. Señala los eventos en que procese su declaración, los bienes que forman parte de la sociedad patrimonial y la procedencia de la liquidación de la misma, así como el régimen aplicable.

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      antes de iniciar la unión marital de hecho, pero sí lo serán...

    • Ley 979 de 2005

      UNIÓN MARITAL DE HECHO - Subtema: Sociedad Patrimonial....

  2. Artículo 1° A partir de la vigencia de la presente Ley y para todos los efectos civiles, se denomina Unión Marital de Hecho, la formada entre un hombre y una mujer, que sin estar casados, hacen una comunidad de vida permanente y singular.

  3. Inventario solemne de bienes de menores bajo patria potestad y mayores discapacitados en caso de matrimonio, declaración de unión marital de hecho o sociedad patrimonial de hecho de uno de los padres.

  4. UNIÓN MARITAL DE HECHO - Subtema: Sociedad Patrimonial. Modifica parcialmente la Ley 54 de 1990 y establece unos mecanismos ágiles para demostrar la unión marital de hecho y sus efectos patrimoniales entre compañeros permanentes.

  5. UNIÓN MARITAL DE HECHO-Apreciación de la comunidad de vida por la convivencia marital cuando la residencia es separada y los compañeros son de edad avanzada. Permanencia y singularidad de la unión. (SC15173-2016; 20/10/2016) Fuente formal: Ley 54 de 1990. Ley 979 de 2005. Artículo 178 del Código Civil. Fuente jurisprudencial:

  6. 20 de mar. de 2024 · La unión marital de hecho es la decisión libre y consentida de dos personas quienes deciden conformar un hogar o hacer vida común sin contraer matrimonio, que el inciso primero del artículo 1 de la ley 54 de 1990 define la unión marital de hecho en los siguientes términos:

  7. Pretende la demandante, que se declare la existencia de la unión marital de hecho entre compañeros permanentes entre el 1 de octubre de 1998 a 26 de enero de 2009, la sociedad patrimonial de hecho y su consecuente disolución y liquidación.