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  1. www.gerencie.com › que-son-excepciones-previas-y-oportunidad-para-proponerlasExcepciones previas | Gerencie.com

    1 de dic. de 2023 · Las excepciones previas se encuentran consagradas en el artículo 100 del CGP y son únicamente las siguientes: Falta de jurisdicción y competencia. Compromiso o cláusula compromisoria. Inexistencia del demandante o del demandado. Incapacidad o indebida representación del demandante o del demandado.

  2. 18 de feb. de 2021 · Se conoce dos clases de excepciones temporales o previas, previstas en el artículo 100 del Código General del Proceso. Éstas tienen como finalidad corregir los aspectos formales de la demanda y del proceso.

  3. adrianpinoabogados.com › 2021/05/21 › breve-abc-de-las-excepciones-previas-y-de-fondoBreve abc de las excepciones previas y de fondo

    21 de may. de 2021 · Esta clase de excepciones que atacan las pretensiones (también conocidas como perentorias), que buscan poner fin al juicio si resultan procedentes, son hechos nuevos propuestos o invocados por el demandado, y pueden ser impeditivas o extintivas, y tal como señala la Corte, pueden desconocer la existencia de la obligación o pueden extinguirla ...

  4. régimen del CGP ya no pueden proponerse algunas excepciones de fondo como 1 ARTÍCULO 100. EXCEPCIONES PREVIAS. Salvo disposición en contrario, el demandado podrá proponer las siguientes excepciones previas dentro del término de traslado de la demanda: 1. Falta de jurisdicción o de competencia. 2. Compromiso o cláusula compromisoria. 3.

  5. 7 de sept. de 2022 · En un proceso ejecutivo el demandado puede interponer una serie de excepciones, tanto previas como de mérito, como medio o mecanismo de defensa.

  6. Las excepciones se han divido por la doctrina en dos grupos, por un lado las que atacan directamente aspectos procedimentales como por ejemplo: la falta de competencia del juez ante quien se presentó la demanda, que son denominadas excepciones ha sido denominadas excepciones previas.

  7. La finalidad de las excepciones previas, es la de conjurar vicios formales en procura de evitar decisiones inhibitorias o, dada la entidad de las falencias, impedir que continúe el curso del proceso ab initio, ya que no sería posible, ante su existencia, llegar a la sentencia por sustracción de materia; por su parte, la finalidad de las excepc...

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