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  1. Los contribuyentes que hayan incurrido en las infracciones señaladas en este artículo y no les hayan notificado pliego de cargos, podrán corregir o subsanar la información, presentándola hasta el primero (1º) de abril de 2023, aplicando la sanción del parágrafo 1 reducida al cinco por ciento (5%).

  2. 20 de dic. de 2022 · No enviar la información solicitada, enviarla tarde o enviarla con errores, son irregularidades por las que se impone la sanción que señala el artículo 651 del estatuto tributario, que fue modificado por la ley 2277 de 2022 haciendo menos costosa la sanción.

  3. Es posible acceder al beneficio tributario previsto en el parágrafo transitorio del artículo 651 del estatuto tributario, para la sanción por no enviar información o enviarla con errores, siempre y cuando la corrección se lleve a cabo antes de la notificación del pliego de cargos.

  4. De acuerdo con el numeral 1 del artículo 651 del Estatuto Tributario, las personas y entidades obligadas a suministrar información tributaria, así como aquellas a quienes se les haya solicitado informaciones o pruebas, que no la suministren, incurrirán en una multa equivalente a:

  5. ARTÍCULO 651. SANCIÓN POR NO ENVIAR INFORMACIÓN O ENVIARLA CON ERRORES. Las personas y entidades obligadas a suministrar información tributaria así como aquellas a quienes se les haya solicitado informaciones o pruebas, que no la suministren, que no la suministren dentro del plazo establecido para ello o cuyo

  6. El nuevo texto es el siguiente:> El obligado a informar podrá subsanar de manera voluntaria las faltas de que trata el presente artículo, antes de que la Administración Tributaria profiera pliego de cargos, en cuyo caso deberá liquidar y pagar la sanción correspondiente de que trata el numeral 1) del presente artículo reducida al veinte ...

  7. El artículo 651 del Estatuto Tributario (E. T.) establece que serán sujetos de sanción las personas que teniendo la obligación de hacerlo no suministren información dentro de los plazos establecidos por la Dian o por la ley para ello.

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