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  1. La Corte Constitucional reiteró en Sentencia T-920 de 2013 el deber que tiene el Estado de proteger de manera especial a sujetos que padecen cáncer, autorizando todos los medicamentos y procedimientos incluidos o no en el POS que requiera el paciente para su tratamiento. En esta providencia se indicó:

  2. I. ANTECEDENTES. El 7 de diciembre de 2017, Diana Milena Parra Vargas interpuso acción de tutela contra Compensar EPS en representación de su hijo Andrés Felipe Romero Parra por considerar vulnerado su derecho a la salud.

  3. SENTENCIA. I. ANTECEDENTES[2] El 3 de mayo de 2019, Hernando Rodríguez Gil, presentó acción de tutela contra de Comparta EPS-S, por considerar que se han vulnerado sus derechos fundamentales a la salud y a la vida digna, debido a que no se le ha entregado el medicamento ordenado por su médico tratante, para tratar la enfermedad que padece. 1.

  4. SENTENCIA I. ANTECEDENTES A. LA DEMANDA DE TUTELA 1. El señor Francisco Antonio González Urrego presentó acción de tutela contra Savia Salud EPS, solicitando la protección de sus derechos fundamentales a la vida, a la salud, a la seguridad social y a la igualdad, los

  5. 19 de jul. de 2021 · Asimismo, este tribunal ha sostenido que excepcionalmente son vinculantes las órdenes proferidas por un profesional de la salud que no hace parte de la entidad a la que se encuentra vinculado el usuario, cuando “ (i) la EPS conoce la historia clínica particular de la persona y al conocer la opinión proferida por el médico que ...

  6. 31 de oct. de 2023 · Al respecto, la reciente sentencia T-399 de 2023 recordó que: “el derecho a la salud es autónomo e irrenunciable y su carácter fundamental fue dado por la Corte Constitucional en la sentencia hito T-760 de 2008 [21]; y luego, por el legislador con el artículo 2° de la Ley 1751 de 2015 [22] ”.

  7. La Corte Constitucional protegió los derechos de tres personas de la tercera edad de 88, 90 y 83 años, que presentaron tutelas contra su EPS porque les negó el servicio de enfermería domiciliaria, entre otras prestaciones de salud, pese a que padecen enfermedades degenerativas y graves limitaciones de movilidad.