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  1. adicional de la UPC reconocida, se debe tener en cuenta la información que para el efecto reporte la Asociación Indígena del Cauca - EPSI, como piloto en la identificación de actividades diferenciales en salud para dicha población, en cumplimiento a los acuerdos establecidos entre este Ministerio y el Consejo Regional Indígena del Cauca

  2. 3.2. Valor de los copagos 2024 3.3. Tope máximo de copagos por evento* y por año calendario**, 2023– 2024 TOPE AL AÑO *Evento o servicio, por ejemplo, una cirugía o una hospitalización con atención no quirúrgica. **Año calendario, agregado de copagos del 1° de enero al 31 de diciembre de cada anualidad. V % V O V % V % V O 2023 O ...

  3. Continuación de la resolución "Por la cual se fija el valor de la Unidad de Pago por Capitación - UPC para financiar los servicios y tecnologías de salud de los regímenes subsidiado y contributivo del Sistema General de Seguridad en Salud para la vigencia 2024 y se dictan otras disposiciones". NÚMERO. Código.

  4. 25 de ene. de 2024 · Quiénes son beneficiarios adicionales y deben pagar la UPC 2024. Los empleados tienen la posibilidad de responsabilizarse de otras personas que no pertenecen a su núcleo familiar básico, a quienes pueden afiliar como beneficiarios en salud. No obstante, por estos beneficiarios adicionales, se debe abonar un valor equivalente a una UPC adicional.

  5. Parágrafo. La solicitud de información de los servicios y tecnologías de salud de la vigencia año 2024, y de información de las incapacidades de origen comúnpor enfermedad general, deberá ser reportada por las Entidades Promotoras deSalud de los regímenes Pontributivo y subsidiado en las fechas requeridas". Artículo 3.

  6. RESOLUCIÓN NÚMER000000227 DE 1 9 FEB 2024.HOJA No. 6. Continuación de la resolución "Por la cual se adopta la metodología para definir el presupuesto máximo a asignar a las Entidades Promotoras de Salud- EPS de los Regímenes Contributivo y Subsidiado y demás Entidades Adaptadas para la vigencia 2023".

  7. 5 de ene. de 2023 · La estructura de costo por grupo etario de la UPC-S establecida, es la siguiente: También se reconoce una prima adicional del 15%, para las ciudades ya mencionadas, por un valor de $1'289.606,40 para una cifra diaria de $3.582,24, y un valor para las zonas alejadas de San Andrés, Providencia y Santa Catalina correspondiente a $1'739.221,20.