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  1. 31 de dic. de 2023 · Artículo 453. Fraude procesal. El que por cualquier medio fraudulento induzca en error a un servidor público para obtener sentencia, resolución o acto administrativo contrario a la ley, incurrirá en prisión de seis (6) a doce (12) años, multa de doscientos (200) a mil (1.000) salarios mínimos legales mensuales vigentes e inhabilitación ...

  2. Un fraude procesal es toda aquella acción que tenga interferencia alguna en un proceso de índole judicial. Esto se hace con el fin de obtener algún beneficio para sí mismo o para otra persona.

  3. Afirma que el fraude procesal no se puede aplicar cuando ha sido el funcionario quien, por su descuido, ha quebrantado las disposiciones legales concernientes al proceso. En este evento existen otros delitos que se puedan imputar al servidor público, como es el caso del prevaricato.

  4. 12 de may. de 2023 · Conoce en el blog de Legis en qué momento se considera consumado el delito de fraude procesal, según la más reciente jurisprudencia ¡Descúbrelo!

  5. El fraude procesal es una conducta ilícita que consiste en engañar o manipular el proceso judicial con el fin de obtener una ventaja indebida. Se refiere a acciones como la presentación de pruebas falsas, la ocultación de pruebas relevantes o la manipulación de testigos.

  6. El fraude procesal consiste en manipular las pruebas o análogo de un procedimiento judicial, con el objetivo de conducir al juez a un error y obtener una resolución que dañe los intereses económicos de otra parte.

  7. «Fraude procesal comportamiento y el sentido de la descripción Según el art. 453 del C.P., incurre en fraude procesal quien, por cualquier medio fraudulento, induzca en error a un servidor público para obtener sentencia, resolución o acto administrativo contrario a la ley, la Sala ha venido sosteniendo que el fraude procesal,

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