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  1. Los establecimientos que ya cuenten con una placa deberán modificar su contenido por el anunciado en estas reformas. El COPRED trabaja por eliminar conductas discriminatorias en los espacios comerciales de la CDMX. La placa estará disponible para su descarga en www.copred.cdmx.gob.mx.

  2. La ley contempla que durante el primer semestre a partir de su entrada en vigor, se deberá retirar al menos el 20% de los anuncios publicitarios prohibidos; al tercer trimestre del año, otro...

  3. El nuevo reglamento de la Ley de Publicidad Exterior, publicado en la gaceta oficial de la Ciudad de México, deja clara la prohibición total de medios publicitarios en azoteas y la...

  4. 31 de may. de 2024 · El modelo de negocio de Temu, Shein y otras plataformas de comercio electrónico ha sido cuestionado por el Servicio de Administración Tributaria (SAT). La autoridad fiscal de...

  5. 19 de oct. de 2022 · Esta nueva ley enviada por la jefa de Gobierno, Claudia Sheinbaum, al Congreso de la Ciudad, tiene por objeto regular la instalación, la distribución, el mantenimiento, la permanencia y el retiro de los medios publicitarios en el espacio público o cualquier otro bien visible desde el exterior.

  6. En la Ciudad de México los establecimientos mercanitles de bajo impacto1 tienen la obligación de colocar la placa de no discriminación. Ley de Establecimientos Mercantiles: Artículo 10.- Los Titulares de los establecimientos mercantiles de bajo impacto, impacto vecinal e impacto zonal tienen las siguientes obligaciones: …..

  7. Se abroga la Ley de Publicidad Exterior del Distrito Federal publicada el 20 de agosto de 2010 en la Gaceta Oficial del -entonces- Distrito Federal, no. 909, así como sus reformas y todos los ordenamientos que se opongan al presente Decreto. CUARTO.